Aviso de Confidencialidad

Leyenda de confidencialidad para documentos, correos o comunicaciones empresariales que contienen información sensible.

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¿Para qué sirve este documento?

El Aviso de Confidencialidad es el documento que una empresa o profesional incorpora en sus comunicaciones (correos, propuestas, documentos internos) para advertir al receptor que el contenido es de caracter reservado y no debe divulgarse, copiarse o utilizarse para fines distintos a los que motivaron su entrega. En Mexico tiene fundamento en la Ley Federal de Proteccion a la Propiedad Industrial y en los principios generales sobre secretos comerciales.

A diferencia del NDA (que crea obligacion juridica reciproca con firma), el aviso de confidencialidad es declaracion unilateral del remitente. Su valor es preventivo y probatorio: deja constancia de que el remitente considera la informacion como confidencial, lo que facilita defender el caracter de secreto comercial si surge divulgacion no autorizada. Es practica esencial en propuestas comerciales, estados financieros, listados de clientes, formulas y cualquier informacion que la empresa quiere proteger.

Esta plantilla es versatil: sirve como anexo en correos, encabezado en documentos, o pie de pagina en propuestas. No sustituye al NDA cuando se requiere obligacion expresa del receptor, pero refuerza la posicion del remitente ante divulgacion no autorizada.

¿Qué incluye?

El PDF contiene: identificacion de la empresa o persona que emite el aviso, declaracion expresa de que la informacion entregada es confidencial y proprietaria, indicacion del proposito limitado para el que se entrega la informacion, prohibicion de copia, divulgacion o uso para fines distintos, obligacion del receptor de devolver o destruir la informacion si no procede a la relacion, advertencia sobre consecuencias legales por incumplimiento (responsabilidad civil por daños, sanciones bajo Ley de Propiedad Industrial cuando aplique), datos de contacto para confirmar recepcion, lugar y fecha.

Preguntas frecuentes

El NDA es contrato bilateral que requiere firma del receptor obligandose. El aviso es declaracion unilateral del remitente sin firma del receptor. El NDA da obligaciones expresas exigibles; el aviso establece presuncion de confidencialidad y respaldo probatorio ante divulgacion.

Aviso: para comunicaciones puntuales (correos, propuestas, documentos) donde no se quiere o no se puede pedir firma. NDA: para relaciones estructuradas (empleos, contratos, alianzas) donde el receptor debe obligarse formalmente a guardar la informacion.

Si, como declaracion del remitente. La obligacion del receptor surge tanto del aviso como de los principios generales (buena fe, proteccion de secretos comerciales). Sin embargo, la prueba de divulgacion no autorizada es mas dificil sin firma expresa que con un NDA firmado.

Lo ideal es ambos: como pie de pagina en cada documento confidencial y como leyenda al inicio del correo de envio. La duplicacion refuerza la prueba de que el receptor fue advertido del caracter confidencial.