Contrato por Honorarios

Para prestación de servicios independientes. Sin relación laboral, el prestador factura sus honorarios.

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¿Para qué sirve este documento?

El Contrato por Honorarios es el acuerdo mediante el cual una persona fisica presta servicios profesionales independientes a un cliente, recibiendo una contraprestacion por honorarios. En Mexico esta regulado por el Codigo Civil Federal (no por la LFT) y aplica el regimen fiscal de actividad empresarial y profesional ante el SAT. Su caracteristica esencial es que NO hay subordinacion: el profesional decide como, cuando y donde trabaja, aporta sus propias herramientas y asume el riesgo de su trabajo.

Es el contrato natural para freelancers, consultores independientes, profesionistas con cedula (medicos, abogados, contadores, arquitectos), creativos por proyecto y cualquier persona que presta servicios sin convertirse en empleado. Tiene ventajas para el contratante (no genera obligaciones de seguridad social ni indemnizacion) y para el prestador (flexibilidad, multiples clientes, deduccion de gastos). Pero si la relacion realmente tiene caracteristicas laborales (subordinacion, horario, exclusividad), puede reclasificarse como laboral con todas sus obligaciones.

Esta plantilla es para verdadera prestacion de servicios profesionales independientes. No la uses para enmascarar una relacion laboral; la autoridad laboral puede sancionar y reclasificar la relacion como laboral.

¿Qué incluye?

El PDF contiene: identificacion del cliente (puede ser persona fisica o moral) y del prestador, declaracion expresa de que se trata de prestacion de servicios profesionales independientes sin subordinacion, descripcion detallada de los servicios a prestar y entregables, plazo de prestacion (por periodo o por entregables), honorarios totales y forma de pago (anticipo, parcialidades, contra entrega), obligacion del prestador de emitir CFDI por honorarios, retencion del 10 por ciento de ISR cuando el cliente es persona moral, no obligacion de seguridad social al ser ajenos a la relacion laboral, clausula de propiedad intelectual del trabajo entregado, jurisdiccion aplicable, lugar y fecha, firmas.

Preguntas frecuentes

La subordinacion. En el contrato por honorarios el profesional decide su forma de trabajo, sus herramientas y su tiempo; el cliente solo recibe el resultado. En el laboral hay subordinacion: el patron da ordenes especificas y el trabajador las cumple bajo horario y supervision.

Si el cliente es persona moral, debe retener el 10 por ciento de ISR y enterarselo al SAT. El profesional acreditara esa retencion en su declaracion. Si el cliente es persona fisica, generalmente no retiene salvo regimenes especificos.

No, esos son derechos laborales. El profesional independiente factura su trabajo y ya. Por eso sus honorarios suelen ser mas altos que un sueldo equivalente: porque deben cubrir esas prestaciones que el mismo se gestiona (ahorro, IMSS opcional, vacaciones).

Si, si detecta caracteristicas laborales: horario fijo, exclusividad, herramientas proporcionadas por el cliente, supervision directa, presencia obligatoria en oficinas. En tal caso, el patron debe pagar todo retroactivo: salario, prestaciones, IMSS, indemnizacion, multas.